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Se aprueba el nuevo texto refundido de la Ley sobre Tráfico

09/02/2016

Se aprueba el nuevo texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Acaba de entrar en vigor el nuevo texto sobre la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que establece algunos cambios y de la que se han recopilado normas para tener un contenido coherente y sistemático. Destacan los cambios, sobre todo, relativos al régimen sancionador y a la pérdida y recuperación de puntos.

Además, se ha actualizado el vocabulario relativo a ciertas normas y se han unificado algunos términos para ser más claros de cara al usuario. La norma tiene un título I que va dirigido al ejercicio y coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, dividido en tres capítulos, mientras que el título II trata sobre las normas de comportamiento en la circulación.

Luego están el Título III. De la señalización; mientras que el Título IV. Autorizaciones administrativas, recoge los capítulos de autorizaciones en general; autorizaciones para conducir; autorizaciones relativas a los vehículos, y nulidad, lesividad y pérdida de vigencia de la autorización.

El régimen sancionador, del título V, cuenta con las infracciones, las sanciones, la responsabilidad; el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico; las medidas provisionales y otras medidas; y la prescripción, caducidad y cancelación de antecedentes.

A su vez, esta norma tiene diversos anexos, que vienen a complementar la Ley. En una parte están los conceptos básicos; y en otra se especifican las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos. También, para guiar al usuario, está el cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad; tan importante para poder calcular diversos requerimientos y porcentajes. También se ofrecen datos de búsqueda a los que podrán acceder los órganos competentes españoles; y datos que se facilitarán por los órganos competentes españoles.